Continuando con nuestra constante labor informativa, dados los convulsos tiempos que corren, pasamos a enumerar las principales ayudas extraordinarias anunciadas ayer, 25 de marzo de 2020, por el Gobierno Foral en materia fiscal, contratación pública y alquileres. Adelantamos que se trata, al fin, de medidas de calado, puesto que difieren el pago de obligaciones tributarias; vamos, que nos atrasan el pago de impuestos sin intereses. Éstas son:
- Ampliación del plazo de presentación e ingreso de autoliquidaciones:
– El plazo voluntario de presentación e ingreso de las autoliquidaciones de IVA y retenciones a cuenta de IRPF e Impuesto sobre Sociedades, correspondientes al primer trimestre de 2020 se extiende hasta el 1 de junio. Esta ampliación del plazo sustituye a la anunciada el pasado 18 de marzo, que fijaba la fecha límite en el 30 de abril (véase circular del jueves 19 de marzo).
- Suspensión de los pagos fraccionados de IRPFde los trabajadores autónomos de los trimestres 1º y 2º de 2020:
– Esta novedad sólo es aplicable a los autónomos que tributemos como persona física, no a los societarios. Ojo, que la suspensión de dos pagos fraccionados puede significar una mayor tributación en los dos trimestres finales, o en la declaración anual de IRPF, si es que hemos reanudado la actividad con cierta normalidad.
- Ampliación o suspensión de plazos de pagos de deudas tributarias:
– Entre otros, se retrasa 1 mes el plazo de pago de cada uno de los vencimientos de aplazamientos vigentes.
- Se aprueba un aplazamiento especial para deudas tributarias de trabajadores autónomos y pequeñas empresas:
– Para deudas tributarias generadas entre el 14 de marzo y 1 de junio, se podrá solicitar aplazamiento de 7 meses sin intereses, con una carencia de los 3 primeros meses.
– Dentro de este apartado, Hacienda solicita la solidaridad y responsabilidad de aquellos y aquellas contribuyentes, cuya actividad económica no se esté viendo perjudicada, para que cumplan con sus obligaciones tributarias en los plazos ordinarios, con el fin de que el Gobierno de Navarra pueda seguir recibiendo los ingresos públicos necesarios para destinarlos a la lucha contra el COVID-19.
- Extensión ayuda alquiler:
– En el ámbito de vivienda libre, el programa de ayudas al alquiler, EmanZipa amplía su cobertura a todas las personas, sin límite de edad, que se vean en desempleo con posterioridad al 14 de marzo, mientras que el programa DaVid se extiende a todas las unidades familiares vulnerables, aunque no tengan menores a su cargo ni lleven al menos un año inscritas en el censo.
– En alquiler protegido, se renuevan de forma automática las subvenciones que perciben personas y familias inquilinas para el pago del alquiler, ampliándose la cuantía hasta el máximo del 75% de la renta, con carácter general, durante tres meses, sin perjuicio de que posteriormente se pueda prolongar la medida.
- Se contempla la suspensión y/o prórroga de los contratos públicos vigentes, cuya ejecución pueda verse afectada por el Estado de Alarma:
– Se establece un régimen específico para evitar la resolución de los contratos.
– Se establecen los requisitos necesarios para que los adjudicatarios de contratos públicos afectados por la suspensión, puedan recibir una indemnización de daños y perjuicios.
Como en anteriores ocasiones, para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros en la dirección de correo asesor@dacoasesores.com o en el número de teléfono 628 091 334.
Un saludo.
DaCO Asesores