Cabecera Nueva Ubicación DaCO Asesores - DaCO Asesores

Nueva ubicación de DaCO Asesores

Desde hace unos meses DaCO Asesores ha cambiado de ubicación.

Ahora nos encontramos en Monasterio de Urdax 8, 1º izquierda Oficina 1, Pamplona.

Se trata de unas oficinas mucho más amplias y luminosas donde hemos podido dar cabida a todo el equipo que compone DaCO Asesores y seguir ofreciendo nuestro servicio de cercanía y tranquilidad a todos nuestros clientes.

Nos hemos basado en un diseño sencillo y funcional, para poder trabajar con comodidad, siempre centrado en el acompañamiento de nuestros clientes en todo lo relacionado con la asesoría contable, fiscal y de empresa.

A continuación os mostramos fotos de nuestras oficinas:

Foto 1 Nueva Ubicación DaCO Asesores - DaCO Asesores Foto 2  Nueva Ubicación DaCO Asesores - DaCO Asesores Foto 3  Nueva Ubicación DaCO Asesores - DaCO Asesores

Si todavía no conoces nuestras oficinas o quieres recibir información sobre cualquiera de nuestros servicios, no dudes en acudir o bien contactar con nosotros en la dirección de correo asesor@dacoasesores.com o llamando al 848870998.

Estaremos encantados de recibirte.

Un saludo.

El equipo de DaCO Asesores

Cabecera DaCo Asesore, dos años despues - Noticias DaCO Asesores

DaCO Asesores, dos años después

Han transcurrido ya dos años desde que comenzamos nuestra aventura y, la verdad, el balance no puede ser más positivo. Poco a poco nos hemos dado a conocer, captando clientes de los sectores más variados, desde compraventas de vehículos hasta establecimientos de hostelería, pasando por clínicas privadas, pequeños autónomos y particulares. Con todos ellos hemos puesto en relieve nuestra principal seña de identidad: implicación máxima en cualquier actuación, ya sea la tramitación de una subvención, la constitución de una sociedad o una simple declaración de renta.

Ahora bien, pese a lo reconfortante que resulta vernos reconocidos por los clientes, no podemos dar la espalda a la complicada situación actual, que nos ofrece importantes retos:

  1. Analizar exhaustivamente el entorno, para así poder asesorar a cada cliente en sus múltiples casuísticas, especialmente en tema de ayudas a sectores más dañados por la crisis sanitaria (ERTEs, préstamos ICO, etc.).
  2. Visión a medio y largo plazo: los asesores tenemos el papel de contrapeso a la visión cortoplacista (y angustiosa) que muchas veces, indefectiblemente, invade al empresario, aportando las dosis de realismo necesaria.

En definitiva, vemos el futuro con moderado optimismo, y eso es lo que queremos transmitir siempre a nuestros clientes. Porque, como dijo Albert Einstein: “ÉPOCA DE CRISIS, ÉPOCA DE PROGRESOS”; y de oportunidades, añadiremos nosotros.

Un saludo.

DaCO Asesores.

Cabecera La consolidación de DaCO Asesores - Noticias DaCO Asesores

La consolidación de DaCO Asesores

En los próximos meses celebraremos el 2º aniversario de DaCO Asesores.

Y a pesar de la época convulsa en la que nos encontramos de incertidumbre económica y de inestabilidad laboral causada por la pandemia del COVID-19, queremos celebrar con todos vosotros la consolidación de nuestro negocio dentro del sector de la asesoría contable, fiscal y empresarial en Navarra.

Concretamente, queremos contaros nuestros avances en estos últimos días, donde en primer lugar hemos rotulado la fachada de la oficina donde nos encontramos, Avda. Sancho El Fuerte 24-26 en Pamplona y en segundo lugar hemos rotulado un Taxi de la Comarca de Pamplona anunciando DaCO Asesores y todos los servicios que ofrecemos.

En la parte inferior de la noticia adjuntamos galería de imágenes.

Esperamos que esto solo sea el comienzo y que con el paso del tiempo podamos contaros más novedades.

Gracias a cada uno de los autónomos, PYMES y pequeñas empresas que han confiado en nosotros para asesorarles como profesionales expertos en contabilidad y fiscalidad.

Salud para todos.

Un saludo.

DaCO Asesores

Cabecera IVA para construccion - Noticias DaCO Asesores

IVA reducido en el sector de la Construcción

Al hilo de esta noticia, desde DaCO ASESORES entendemos que se trata de un tema que incumbe no sólo a los profesionales, sino, y de manera especial, a los particulares, porque quién no ha realizado o va a realizar obras en casa.

Nos gustaría hacer hincapié en los requisitos que deben cumplirse para poder acogerse al IVA reducido (10%) en reformas:

  1. La reforma en cuestión debe realizarse en la vivienda.
  2. Que el destinatario sea persona física, no actúe como empresario o profesional y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, también se comprenderán en este número las citadas ejecuciones de obra cuando su destinatario sea una comunidad de propietarios. b)
  1. Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras haya concluido al menos dos años antes del inicio de estas últimas.
  2. Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 40 por 100 de la base imponible de la operación.

Asimismo, remarcaremos que las obras de construcción o rehabilitación de edificaciones destinadas a vivienda también serán gravadas con el tipo del 10%, siempre y cuando se destinen a ésta más del 50% de la superficie de la construcción (en el caso de rehabilitación, que más del 50% del presupuesto se destine a elementos estructurales, fachadas o cubiertas; y que el importe de la obra supere el 25% del coste de adquisición).

Si tienes alguna duda al respecto y quieres que te asesoremos, puedes contactar con nosotros en la dirección de correo asesor@dacoasesores.com o en el teléfono 628 091 334

Fuente:

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/07/28/autonomos/1564315926_064007.html

Un saludo.

DaCo Asesores

Bienvenidos a nuestra web

Desde DaCO Asesores tenemos el placer de presentaros nuestra nueva pagina web corporativa. Te animamos a que la visites para conocernos un poquito mas. Puedes descubrir nuestro origen, manera de trabaja y servicios que llevamos a cabo gracias a un diseño limpio y muy intuitivo.

Además podrás acceder a nuestro apartado de noticias, donde encontrarás todas nuestras novedades a cerca de eventos, legislación, subvenciones y ayudas que puedan resultar de interés.

Y para estar estar informado de todos nuestros pasos y los del sector, te animamos a que nos sigas en nuestro perfil en Linkedin.

Subvención para la promoción del empleo autónomo

Recientemente el Gobierno de Navarra ha convocado a tramite nuevamente la Subvención para la promoción del empleo del autónomo.

A continuación os adjuntamos un resumen de dicha ayuda, así como el enlace a la normativa completa.

Plazo

Del 04-05-2019 al 30-11-2019

  • El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES contado a partir del día siguiente a la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio profesional correspondiente, siempre y cuando se hubiera publicado en el B.O.N. la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.
  • Las solicitudes referidas a altas producidas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán al año siguiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial en el B.O.N. de dicha autorización de gasto.
  • Se atenderán con cargo a cada ejercicio presupuestario las solicitudes referidas a altas producidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio profesional correspondiente, desde el 1 de noviembre del año anterior al 31 de Octubre del año en curso.

Dirigido a

Personas desempleadas e inscritas en una de las Agencias del Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomas.

Cuantía

Subvención en cuantía variable (a partir de 2.000 euros) en función de las circunstancias personales de quien se establece como trabajador/a autónomo/a.

Las cuantías de las subvenciones serán las siguientes, atendiendo a los diferentes colectivos:
– Con carácter general: 2.000 euros.
– Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros.
– Personas mayores de 45 años: 2.200 euros.
– Desempleados/as de larga duración: 2.200 euros.
– Mujeres: 2.500 euros.
– Personas con discapacidad: 3.000 euros.
– Perceptores/as de la Renta de Inclusión Social o análoga prestación: 3.000 euros.
– Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros.

Si un beneficiario/a se encontrara en más de uno de los colectivos señalados, se le concederá la subvención que corresponda al mayor importe.

Documentación

  • 1.- Anexo I. Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartados 2º y 3º, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, que se realizará mediante declaración responsable de la empresa.
  • 2.- Anexo II. Declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, una declaración expresa de no haberlos solicitado. La empresa solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse al respecto. Se indicará asimismo si están acogidas al régimen de minimis.
  • 3.- Anexo III. Breve memoria del proyecto empresarial.
  • 4.- Solicitud de abono por transferencia (Modelo oficial)
  • 5.- En su caso, certificación del colegio profesional de alta en dicho colegio, con indicación de si presupone o no ejercicio de la actividad, y certificación de la mutualidad del colegio profesional con indicación de los periodos de alta en la misma.
  • 6.- En caso de pertenencia a sociedad irregular, aportar alta en el impuesto de actividades económicas de dicha sociedad.
  • 7.- En su caso, alta del trabajador en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
  • 8.- En su caso, acreditación de la condición de persona con discapacidad, en los términos de la base 3.2.
  • 9.- En su caso, acreditación de la condición de víctima de violencia de género, de acuerdo con lo previsto en la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres.
  • 10.- Cualquier otra documentación que se solicite por el SNE-NL

Normativa

 

Desde DaCO Asesores ofrecemos el servicio de asesoría empresarial 360, donde ayudamos a iniciar la actividad por cuenta propia.

Si te acabas de iniciar como autónomo y quieres que te asesoremos en la tramitación de dicha subvención, puedes contactar con nosotros en la dirección de correo asesor@dacoasesores.com o en el teléfono 628 091 334

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