Novedades Legislativas COVID-19

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Después de un fin de semana plagado de novedades en materia laboral, y tras la publicación esta medianoche del BOE con el Real Decreto Ley 10/2020 por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, nos vemos en la obligación de resumir estas medidas:

  1. Real Decreto Ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias en el ámbito laboral:

–        Se prohíbe el despido procedente por fuerza mayor y causa económica y organizativa derivado del Coronavirus; esto es, los motivos alegados en la solicitud de los ERTEs no pueden esgrimirse para la extinción de los contratos. En cambio, el despido improcedente sí que será válido, por lo que tocará rascarse el bolsillo si queremos resolver algún contrato.

  1. Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales:

–        Se amplían las prohibiciones recogidas en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo en materia de trabajo hasta el 9 de abril. Este periodo se computará como permiso retribuido recuperable, por el cual la empresa abonará la nómina íntegramente y tendrá una bolsa de horas a su favor, que serán recuperadas de manera paulatina a futuro antes del 31/12/2020.

–        Los sectores más afectados son construcción e industria, en los que hasta ahora habían podido continuar con su actividad.

–        Hay 25 excepciones en el Anexo al BOE adjunto, que os invito a mirar. Entre ellas:

o   personas al cuidado de mayores, menores, etc.

o   limpiezas, mantenimientos, etc.

o   suministros de primera necesidad, sea cualquier eslabón de la cadena.

o   transporte de mercancías y personas, dentro de las limitaciones generales.

Esperemos que después de este endurecimiento en las medidas implementadas, todo vuelva a la normalidad lo antes posible. Y ya sabéis, para cualquier aclaración no dudéis en contactar con nosotros en la dirección de correo asesor@dacoasesores.com o en el teléfono 628 091 334.

Muchos ánimos y salud para todos.

DaCO Asesores

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4.265 comentarios

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